En el ya manido debate sobre la sustitución, nos preguntamos cómo encaja la profesión de fedatario público (notario, secretario) en la era de la IA. Vaya por delante que la respuesta es “muy bien” a corto plazo, y “muy mal” a medio plazo; una respuesta enigmática pero que creemos estar en disposición de demostrar.
En el momento presente, la IA ofrece al fedatario público la posibilidad de automatizar ciertos procesos de verificación, autenticación y validación, si bien garantizar la fe o la fehaciencia a través de la IA, obtener ese certificado de autenticidad y veracidad que supone el ejercicio de esta función, es más complejo. La fe pública implica que un fedatario humano asume y responde por la autenticidad de un hecho o documento, y para que la IA cumpla ese rol, incluso para que simplemente colabore, sería necesario establecer marcos normativos y técnicos específicos, ataviados por una programación impecable y revestida de todo tipo de garantías y mecanismos de comprobación, que aseguren su confiabilidad no solo en un momento dado, sino también a lo largo del tiempo. Sin embargo, ya disponemos de las siguientes útiles herramientas que cumplen estos estándares:
•Verificación de identidad automatizada. Dentro del marco de protección de riesgos del RIA, así como del Reglamento eIDAS (Reglamento UE 910/2014) y del llamado eIDAS2 (que modifica el anterior), la IA puede utilizar tecnologías avanzadas, como el reconocimiento facial o la verificación biométrica, para autenticar la identidad de las personas…